El prestador opera bajo una forma jurídica no autorizada por la ley y desconoce las normas para la disposición final de residuos sólidos.
La decisión tomada por el ente supervisor se dio por incumplimientos en la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y por faltas de tipo administrativo.
La prohibición a la operación, directa o indirecta de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Honda será por un término de diez años.
Adicionalmente, por la omisión al deber de actualizar su información básica ante elRegistro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) y el incumplimiento a los programas de micromedición.
Igualmente, por no contar con acta de materialización de puntos y lugares de muestreo para la calidad del agua suministrada y prestar servicios públicos bajo una forma jurídica no autorizada por la ley.
Frente a la sanción impuesta, la empresa prestadora tiene cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución, para interponer recurso de reposición.
De quedar en firme la sanción, el municipio de Honda, con apoyo del concejo municipal, deberá garantizar que a los usuarios se les preste eficiente e idóneamente los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, de acuerdo con los instrumentos previstos en la Ley 142 de 1994.
Emprehon había sido sancionada anteriormente con la suma de 120 millones de pesos por no reportar información o hacerlo inadecuadamente al Sistema Único de Información (SUI) de la superintendencia.
Así como por no aplicar la metodología tarifaria de aseo establecida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Esta sanción se encuentra en análisis del recurso de reposición interpuesto por el prestador.
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Tomado de:
http://www.wradio.com.co/noticias/economia/prohiben-a-emprehon-prestar-servicios-publicos-en-honda--tolima/20130516/nota/1899875.aspx
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Mayo 18 de 2013.
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